¿Qué debes hacer si quieres publicar un libro? Debes solicitar un número de Depósito Legal. El Depósito Legal obliga a entregar un número determinado de ejemplares de toda clase de documentos (impresos y materiales audiovisuales) destinados a la difusión (ya sea gratuita o no).
 

¿Quién debe solicitar el nº de D.L.? Los impresores o productores de publicaciones son los sujetos obligados a efectuar el Depósito Legal (el impresor cuando se trata de impresos; el productor para las obras audiovisuales), el propio autor cuando sea él quien edite su obra.

 

¿Qué objetivo tiene el D.L.? El Depósito Legal tiene como misión recopilar toda la producción bibliográfica, sonora y audiovisual de la Región con la finalidad de: su conocimiento, conservación y difusión.


Están obligados a realizar el Depósito:
Libros (estén o no destinados a la venta)
Folletos (escritos que tengan entre 4 y 50 páginas)
Hojas impresas con fines de difusión (que no constituyan propaganda esencialmente comercial)
Publicaciones periódicas (revistas y periódicos)
Partituras musicales, mapas y planos
Grabados, láminas, estampas, tarjetas de Navidad, anuncios artísticos
Carteles anunciadores (siempre que lleven grabados artísticos), bandos y edictos
Postales, naipes, impresos en braille
— Diapositivas, producciones cinematográficas.
CD audio, disquetes, CD-ROM, DVD; publicaciones mixtas (audiolibro)


Tramitación del Depósito Legal
Se solicitará el número de Depósito Legal cuando la obra esté a punto de terminar su impresión o producción.


¿Quién lo solicita? el impresor de la obra (o el autor si edita su propia obra)
El número de Depósito Legal se le proporcionará: personalmente (en la Biblioteca Regional) o telefónicamente.
Deberán cumplimentar los impresos de solicitud; una vez concedido un número a una publicación, existe un plazo de dos meses para su publicación.


Número de ejemplares a entregar:
Seis ejemplares de: libros y folletos
Cuatro ejemplares de: hojas sueltas publicaciones seriadas, partituras musicales, grabados, láminas, carteles, bandos y edictos, postales, diapositivas, microformas, casetes, discos compactos, videograbaciones.
Dos ejemplares de: disquetes de ordenador, CD-ROM, películas cinematográficas, obras en Braille, obras de bibliófilo.
La Biblioteca Regional es la depositaria de los documentos que se entregan en la unidad de Depósito Legal.


En las obras deberá aparecer:
D.L. MU- Número asignado a la obra-Año en que se ha concedido.


No llevan D.L.
— Impresos de carácter social (invitaciones, tarjetas, títulos, diplomas, etc.)
— Impresos de carácter comercial (con grabados artísticos y textos explicativos de tipo técnico o literario).
— Impresos de oficina, catálogos de precios y agendas.
¡Las segundas y sucesivas ediciones de una obra requieren nuevos números de Depósito Legal, así como las reimpresiones con (variaciones)!
Cuando un documento se reproduzca en distintos soportes (como es el caso de discos compactos, libros) cada uno de estos soportes se considerará una edición diferente, y por lo tanto llevarán distintos números de D.L.


Tramitación del Depósito Legal para publicaciones en la Guía de Servicios de la CARM

Además conviene saber....
Que se si va a comercializar su publicación, deberá solicitar el ISBN.
Y si ¡quiere preservar sus derechos de autor! Deberá registrar su documento en un Registro especializado.
Más información del ISBN y de los derechos de autor en sucesivos números de Actual Biblioteca…